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Miguel García Caba, en #CJAM14 |
- en el blog de Luis Cazorla
- en Lawyer Press, artículo de María Teresa Nadal
En cuanto a su regulación, mientras que la UEFA los prohibió de forma expresa en el año 2012 , la FIFA siempre se había mostrado favorable a su regulación. Sin embargo, recientemente parece haber cambiado su postura. Por otro lado, en Sudamérica los fondos son una realidad desde hace cuarenta años. El sistema de fondos en el fúbtol sudamericano es la base económica y de supervivencia de los clubes. Por tanto, prohibirlos afectaría a su modus vivendi.
Pero ¿cuál es el contenido habitual de un fondo de inversión? Entre otros elementos, podemos citar:
- obligaciones del club si recibe una oferta por el jugador
- derechos del club a rechazar la oferta
- libertad para establecer las condiciones laborales del jugador
- derecho del inversor a recibir una compensación si se modifican sustancialmente las condiciones
- existencia de un retorno mínimo garantizado
¿Cómo se regulan los fondos de inversión en el Derecho Comparado?
- En la Premier League, en la FA (Football Association Challenge Cup- equivalente a nuestra Copa del Rey-) y en Escocia están expresamente prohibidos. Un caso paradigmático fue el llamado "caso Tévez" (por el delantero argentino Carlos Tévez) que supuso la modificación de la regulación en la Premier League. Sobre este asunto, os recomendamos el artículo que escribieron Javier Torres Cifuentes y Carol Couse en la web especializada en Derecho Deportivo Iusport
- En Francia, Polonia y Alemania también se prohíben los fondos de inversión, basándose en la idea de evitar la influencia decisiva de un tercero en el club.
- Como ya se ha mencionado, en Sudamérica los fondos son plenamente aceptados. En ese punto, Miguel García Caba llamó la atención sobre el caso de Argentina, país en el que recientemente se ha aprobado un nuevo sistema que apuesta por la transparencia y la información. Se crea un registro con todas las operaciones realizadas por fondos de inversión.
En España no existe prohibición legal. La situación actual se refleja en las posturas enfrentadas de la Federación Española de Fútbol (partidaria de la prohibición) y de la Liga (partidaria de su regulación).
Desde la Liga se está preparando un borrador de regulación que contempla la creación de dos registros: uno de entidades y otro de operaciones. La finalidad es crear un sistema seguro, flexible y transparente. No limitarse a prohibir por prohibir. Habrá que esperar para ver qué rumbo toma la regulación de los fondos de inversión en nuestro país.
Para saber más, en este enlace podéis acceder a varias de las entradas que Luis Cazorla ha publicado sobre el tema.
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