La Sección de Diversidad
Funcional del Colegio de Abogados de Málaga organizó el pasado día 27 de junio
una sesión formativa sobre “Actuaciones administrativas en la Escolarización
del Alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo educativo”. En dicha sesión contamos con la presencia de
Concha Niño, Coordinadora del Equipo
Técnico provincial de Orientación Educativa y profesional de la Delegación de Educación, y Yolanda Bermúdez, Orientadora y
Coordinadora del Equipo de Orientación de Málaga Oeste.
Este es un tema en el que
confluyen nuestro interés profesional y el interés personal como padres o
familiares de menores en edad de escolarización. Vamos a empezar destacando dos
conceptos cuya comprensión estimamos muy
útil para la lectura de esta entrada:
-alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (conocido
con el acrónimo NEAE)
Es el alumnado que presenta alguna de las situaciones que
podemos ver en este cuadro:
-adaptaciones curriculares: con
este nombre se engloban las principales actuaciones que se ponen en marcha para
atender a este alumnado y que se refieren a modificaciones en el currículo
(entendido como programa de estudios y prácticas) de distinta profundidad.
Tras establecer el principal
marco legal de la escolarización del alumnado (Ley Orgánica de Educación y
Ley de Educación de Andalucía) Concha Niño nos recomendó, para cualquier
consulta sobre normativa en este ámbito la página de la Asociación de
Inspectores de Educación en Andalucía (ADIDE-A)
La sesión se centró en explicar cómo se lleva a cabo la
escolarización del alumnado con NEAE y cuáles son los principales problemas que
surgen en la práctica, desde el punto de vista de las familias y desde el punto
de vista de los abogados a los que dichas familias acuden en determinados casos. Para determinar la
escolarización, se parte de una evaluación psicopedagógica, llevada a
cabo por los Equipos de Orientación Educativa (EOE), un equipo multidisciplinar que
plasma su valoración en el llamado dictamen de escolarización. Este
dictamen determina las capacidades y las necesidades del alumnado. Como
abogados debemos tener en cuenta que este dictamen es el fruto de un proceso largo y detallado que
puede durar un año. El resultado será la recomendación de escolarizar al menor en
una de estas modalidades, según el grado de atención específica que necesita:
- a) en un grupo ordinario a tiempo completo
- b) en un grupo ordinario con apoyos en períodos variables
- c) en un aula de Educación Especial
- d) en un centro especializado
Esta última es la que suele
causar problemas en la práctica, ya que supone la escolarización fuera de un
centro educativo ordinario. Los padres tienen la opción de
señalar en el dictamen si están o no de acuerdo con la modalidad seleccionada. Concha Niño destacó que el porcentaje de reclamaciones es reducido.
En este campo, como en el Derecho de familia, lo que prevalece es el interés del
menor, por encima de las consideraciones de los padres.
En el caso de altas
capacidades intelectuales (popularmente conocido como “superdotados”) es
importante distinguir lo que las ponentes denominaron “talentos”, es decir, un
niño o una niña que destacan en ámbitos concretos del currículo (por ejemplo en
Lengua o Matemáticas) de los que verdaderamente
tienen sobredotación intelectual. En estos casos destacan de forma global y sobre todo por su
creatividad a la hora de resolver los problemas. La Junta de Andalucía ha
puesto en marcha un Plan de Altas Capacidades Intelectuales, actualmente en vigor
que contempla las distintas medidas para atender a este tipo de alumnado.
Es también interesante consultar el completo Manual que la Junta ha publicado sobre los servicios, prestaciones y recursos educativos para el alumnado con NEAE.
Durante la sesión
se hizo hincapié en que el tratamiento administrativo no es igual en los
centros públicos que en los concertados. La administración (en este caso, la
Junta de Andalucía) destina una partida presupuestaria a cubrir las necesidades
de los centros en esta materia, pero en los centros concertados, serán las
empresas o fundaciones las que en última instancia decidan sobre la utilización
de esos recursos. Por eso, las ponentes animaron a los asistentes a recurrir a
la inspección educativa (cada centro, ya sea público o concertado, tiene asignado un inspector) en el caso de
observar anomalías o deficiencias en los
centros concertados.
Asimismo, Concha Niño y Yolanda Bermúdez destacaron
la necesidad de realizar las distintas peticiones o reclamaciones a los centros
por escrito para que, al igual que en el ámbito jurídico, tengan un mayor
valor. Además, recordaron los efectos beneficiosos del aprendizaje entre iguales
y nos presentaron el Proyecto de Comunidades de Aprendizaje, actualmente en
fase de borrador. Este proyecto es un
paso más en las experiencias piloto que ya se han llevado a cabo en algunos
centros andaluces y que supone hacer del centro educativo un centro abierto a todos los miembros de la
comunidad, en el que se contempla e integra dentro de la jornada escolar la
participación consensuada y activa de las familias, asociaciones y voluntariado.
La tendencia es pues, hacia la inclusión y la
participación de todos los miembros de la comunidad.
Cuadro: Manual de servicios, prestaciones y recursos educativos para el alumnado con Necesidades Educativas de Apoyo específico (accesible desde www.juntadeandalucia.es)
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